Colegio Nacional del Notariado Mexicano

Notaría Pública Número 145 del Estado de México

Titular: Lic. Alejandro Morales Valenzuela • Sistema Integral de Cumplimiento PLD/FT
Programa Anual de Capacitación y Evaluación Continua (Arts. 39 Bis y 39 Bis 1 RCG • Anexo B)
CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN DEL COLABORADOR EVALUADO
Nombre Completo: ________________________________________________________ CURP: ________________________
Puesto Notarial: [ ] Dictaminador   [ ] Proyectista   [ ] Mesa Cotejo   [ ] Recepción   [ ] Caja RFC: ________________________
Área Adscripción: [ ] Jurídica   [ ] Operativa   [ ] Administrativa   [ ] Cumplimiento Fecha Examen: ____ / ____ / 2026
Modalidad: [ ] Evaluación Ordinaria Anual 2026    [ ] Evaluación Remedial (Anexo B) Instructor: Mtro. Alejandro Carrillo
INSTRUCCIONES OFICIALES:
1. El examen consta de 30 reactivos técnicos y prácticos. Seleccione únicamente la opción correcta en la hoja de respuestas.
2. Criterio de Acreditación (Art. 39 Bis 1 RCG): Mínimo 80.0 puntos sobre 100 (mínimo 24 aciertos).
3. Régimen de Regularización (Anexo B): Toda calificación menor a 80 puntos causa suspensión temporal de validación y programa remedial de 10 días.
4. No se permite el uso de dispositivos celulares ni la consulta de formularios externos durante el examen.
BLOQUE I: MARCO JURÍDICO FEDERAL, SUJETOS OBLIGADOS Y ENFOQUE BASADO EN RIESGO (EBR)
Reactivo 1.
Conforme al Artículo 17, Fracción XII de la LFPIORPI y las Reglas de Carácter General publicadas en el DOF el 7 de agosto de 2026, ¿cuál de los siguientes actos notariales NO constituye una Actividad Vulnerable para la Notaría?
Reactivo 2.
El Enfoque Basado en Riesgo (EBR) institucional adoptado por la Notaría en cumplimiento del Artículo 37 Bis, Fracción II de las RCG exige que la determinación del nivel de riesgo considere forzosamente:
Reactivo 3.
Respecto al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) aplicable para el cálculo de los umbrales de identificación y aviso notarial durante el ejercicio 2026:
Reactivo 4.
Bajo el régimen del Artículo 37 Bis 1 y Capítulo II del Manual, ¿cuándo debe la Notaría clasificar de forma preceptiva y no discrecional un expediente en GRADO DE RIESGO ALTO?
Reactivo 5.
¿Qué consecuencia jurídica y técnica produce en el sistema tecnológico notarial la asignación de un riesgo ALTO a un expediente de cliente?
Reactivo 6.
De acuerdo con el Artículo 39 Bis 2 de las RCG y el Anexo A del Manual, ¿cuál es la obligación ineludible que debe cumplir todo aspirante o colaborador de la Notaría previo a su contratación o asignación a áreas de dictamen o manejo de recursos?
BLOQUE II: INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES ÚNICOS, DEBIDA DILIGENCIA Y BENEFICIARIOS CONTROLADORES
Reactivo 7.
Conforme a los Anexos 3 a 8 Bis de las Reglas de Carácter General, el Expediente Único de Identificación de comparecientes personas físicas debe integrarse:
Reactivo 8.
En cumplimiento del Artículo 12 de las RCG y el protocolo de prevención de suplantación, ¿cuál es la regla estricta sobre referencias personales y bancarias en los expedientes de personas físicas?
Reactivo 9.
El protocolo escalonado y sucesivo para la determinación del Beneficiario Controlador en personas morales (Artículos 23 Quinquies a 23 Quinquies 3 de las RCG) ordena aplicar los criterios en el siguiente orden riguroso:
Reactivo 10.
Cuando una persona moral compareciente manifiesta que su capital está pulverizado entre 100 accionistas y ninguno posee más del 1% del capital social, ¿cuál es la actuación correcta en el sistema tecnológico?
Reactivo 11.
De acuerdo con el Artículo 23 Ter de las RCG, si un compareciente es calificado como Persona Políticamente Expuesta (PEP), ¿cuál de los siguientes trámites es legalmente INDISPENSABLE para la validez del protocolo notarial?
Reactivo 12.
En materia de fideicomisos que comparezcan ante la Notaría, ¿a quiénes exige la ley identificar obligatoriamente como partes e investigar como beneficiarios controladores?
BLOQUE III: CONTROL DE EFECTIVO (ART. 32 LFPIORPI), TERCERO PAGADOR Y DESVÍO DE PERFIL
Reactivo 13.
El Artículo 32 de la LFPIORPI establece una prohibición absoluta y perentoria para liquidar o pagar en efectivo (moneda nacional, divisas o metales preciosos) en compraventas inmobiliarias cuando el monto exceda de:
Reactivo 14.
Si en una escritura de compraventa de casa-habitación con precio pactado de $3,500,000 MXN los comparecientes manifiestan haber liquidado $1,200,000 MXN en efectivo previo a la firma y el resto mediante transferencia bancaria SPEI, ¿qué consecuencia técnica y legal se suscita en el sistema?
Reactivo 15.
El Artículo 32, Fracción VI de la LFPIORPI sanciona el uso de efectivo en la constitución o transmisión de partes sociales o acciones mercantiles cuando el importe iguale o supere:
Reactivo 16.
En una operación inmobiliaria, el comprador es una persona física de 22 años estudiante, pero el precio total es liquidado mediante transferencia electrónica efectuada desde la cuenta de una sociedad mercantil no compareciente. ¿Cómo debe proceder el personal notarial en el sistema tecnológico?
Reactivo 17.
¿A qué se refiere la figura de "Acumulación de Operaciones" contemplada en el Artículo 19 de la LFPIORPI y el Artículo 23 del Reglamento?
BLOQUE IV: RÉGIMEN DE AVISOS SAT/UIF, INFORMES EN CEROS Y PLAZOS PERENTORIOS
Reactivo 18.
¿Cuál es la fecha límite legal improrrogable para la presentación de los Avisos Notariales Ordinarios a través del portal SPPLD del SAT conforme al Artículo 23 de la Ley y 24 Bis de las RCG?
Reactivo 19.
El Artículo 25 del Reglamento de la LFPIORPI y el Capítulo VI del Manual regulan el "Informe Mensual en Ceros". ¿Cuándo es obligatorio emitirlo y qué consecuencia acarrea su omisión?
Reactivo 20.
Bajo el Artículo 18, Fracción VI, segundo párrafo de la Ley y el Artículo 26 Bis 1 de las RCG, ¿en qué plazo debe transmitirse a la UIF el aviso cuando un compareciente desiste o la operación no se celebra porque el cliente se rehusó a entregar datos de identificación o del Beneficiario Controlador?
Reactivo 21.
¿Qué requisitos técnicos y de validez debe contener el archivo XML generado por el sistema para su envío al Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD)?
BLOQUE V: BÓVEDA CRIPTOGRÁFICA DECENAL, VERIFICACIÓN EN LISTAS Y AUDITORÍA INTERNA
Reactivo 22.
Conforme a la reforma al Artículo 18, Fracción IV de la LFPIORPI (DOF 16/07/2025) y Capítulo VII del Manual, ¿cuál es el plazo mínimo legal durante el cual la Notaría debe resguardar físicamente y en su bóveda digital los expedientes únicos y papeles de trabajo PLD?
Reactivo 23.
El Artículo 38 de las RCG y el Capítulo IX del Manual imponen el deber estricto de consultar y cotejar a los comparecientes contra las Listas de Personas Bloqueadas emitidas por la UIF y resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU. Si el sistema notarial arroja una coincidencia plena (hit positivo), ¿cuál es la conducta inmediata que debe acatar el personal?
Reactivo 24.
Respecto al régimen de auditoría anual obligatoria (Capítulo XII del Manual y Artículos 42 a 51 de las RCG):
Reactivo 25.
El principio de integridad criptográfica mediante algoritmos SHA-256 aplicado en el software notarial garantiza técnicamente que:
BLOQUE VI: CASOS PRÁCTICOS DE VENTANILLA, DICTAMINACIÓN Y USO DEL SISTEMA NOTARIAL
Reactivo 26.
CASO PRÁCTICO 1: IDENTIFICACIÓN EN VENTANILLA Y VALIDACIÓN EXTERNA
Comparece a recepción el señor Héctor Morales con la finalidad de vender un predio rústico valuado en $2,800,000 MXN. Exhibe Credencial para Votar INE y Cédula de Identificación Fiscal. El capturador ingresa los datos al sistema notarial y al consultar el módulo de verificación externa (INE/SAT/RENAPO), el servicio de Lista Nominal devuelve: Estatus: NO VIGENTE (Modelo C - Reemplazo Obligatorio por Vencimiento), mientras que en la CURP el estatus aparece como CERTIFICADA.
¿Cuál es la determinación correcta del capturador de expedientes?
Reactivo 27.
CASO PRÁCTICO 2: DICTAMEN DE BENEFICIARIO CONTROLADOR EN PERSONA MORAL
La sociedad mercantil "Consorcio Constructor del Valle S.A. de C.V." pretende adquirir una bodega comercial en $18,500,000 MXN. Al revisar el acta constitutiva y libros corporativos, el abogado dictaminador constata que el 60% del capital pertenece a "Inmobiliaria Fénix S.A. de C.V." y el 40% a "Servicios Técnicos S.A. de C.V.". Al solicitar la composición accionaria de "Inmobiliaria Fénix", se acredita que el señor Fernando Ruiz tiene el 70% de las acciones de dicha tenedora, mientras que el resto está atomizado.
¿Cómo debe quedar asentado en el sistema notarial el Beneficiario Controlador de la compradora?
Reactivo 28.
CASO PRÁCTICO 3: INTENTO DE PAGO EN EFECTIVO EXCESIVO Y OPERACIÓN NO CELEBRADA
En la Notaría se está protocolizando la compraventa de un inmueble urbano por $1,900,000 MXN. Durante la lectura de la escritura, el comprador coloca sobre el escritorio un maletín con $1,100,000 MXN en efectivo y billetes de alta denominación, exigiendo que se asiente que el resto fue donado por su suegro. El Notario le explica que el límite legal en efectivo para inmuebles es de 8,025 UMA ($941,412.75 MXN) conforme al Art. 32 de la Ley y que no puede admitir dicho pago. El comprador se molesta, recoge el efectivo, se rehúsa a proporcionar su RFC y manifestación de beneficiario controlador, y se retira intempestivamente de la oficina notarial.
¿Cuál es la actuación institucional y técnica MANDATORIA que debe ejecutar la Notaría?
Reactivo 29.
CASO PRÁCTICO 4: CONTROL DE COLABORADOR NO ACREDITADO (RÉGIMEN ANEXO B)
Al aplicarse la evaluación anual de conocimientos al personal de la Notaría, el licenciado Juan Pérez, proyectista de la mesa 3, obtiene una calificación final de 65.0 puntos sobre 100 (reprobado, inferior al mínimo de 80.0 puntos exigido por el Art. 39 Bis 1 de las RCG).
¿Cuál es la medida jurídica y operativa inmediata que impone el Manual Institucional (Anexo B)?
Reactivo 30.
CASO PRÁCTICO 5: FORMALIZACIÓN Y APÉNDICE NOTARIAL
Una vez autorizado un instrumento notarial de compraventa con pleno cumplimiento de umbrales y verificaciones en el sistema, ¿cuáles son los dos documentos oficiales e inmutables que deben imprimirse desde el sistema e incorporarse al Apéndice de la Escritura para acreditar documentalmente la Debida Diligencia ante visitas de inspección del SAT?
Seleccione la opción correcta:
HOJA DE RESPUESTAS OFICIAL (PARA ENTREGA DEL EVALUADO)

Nombre del Evaluado: __________________________________________________________________ • Fecha: ____/____/2026

01. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
02. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
03. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
04. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
05. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
06. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
07. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
08. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
09. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
10. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
11. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
12. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
13. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
14. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
15. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
16. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
17. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
18. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
19. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
20. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
21. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
22. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
23. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
24. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
25. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
26. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
27. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
28. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
29. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]
30. [ A ] [ B ] [ C ] [ D ]

CÉDULA DE CALIFICACIÓN Y DICTAMINACIÓN INDIVIDUAL (ANEXO B)

Total de Reactivos Aplicados: 30 reactivos Ponderación: 3.333 puntos por reactivo
Aciertos Obtenidos: _______ / 30 Calificación Numérica Final: _______ / 100 puntos
Dictamen de Acreditación Oficial:
[   ] APROBADO SATISFACTORIAMENTE (≥ 80.0 puntos): Cumple con el estándar de conocimientos PLD/FT.
[   ] NO APROBADO (< 80.0 puntos): Causa estatus EN_REGULARIZACION y activación del Régimen Remedial de 10 días (Anexo B).
Observaciones / Medidas de Regularización Instruidas:
____________________________________________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________________________________________
COLABORADOR EVALUADO
Nombre y Firma Autógrafa
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Firma y Cédula UIF
LIC. ALEJANDRO MORALES V.
Notario Público Titular
CLAVE OFICIAL DE RESPUESTAS & FUNDAMENTACIÓN NORMATIVA (USO DEL EVALUADOR)
No. Respuesta Fundamentación Legal y Técnica Específica (LFPIORPI / RCG / Manual)
1 b Art. 17 Fracc. XII LFPIORPI: Poderes judiciales o laborales sin facultades de dominio o administración patrimonial no configuran actividad vulnerable.
2 c Art. 37 Bis Fracc. II RCG y Cap. II Manual: El EBR obliga a ponderar Actos, Clientes, Geografía y Canales de Operación.
3 b Art. 17 y 32 Ley; Decreto INEGI: UMA 2026 oficial de $117.31 MXN centralizada en el sistema notarial para certidumbre jurídica.
4 b Art. 37 Bis 1 RCG y Cap. III Manual: PEPs, jurisdicciones GAFI no cooperantes y fideicomisos complejos configuran preceptivamente Riesgo Alto.
5 b Arts. 23 Bis y 23 Ter RCG: Riesgo Alto activa Debida Diligencia Reforzada (DDR), comprobación de fondos y autorización del Notario Titular.
6 b Art. 39 Bis 2 RCG y Anexo A: Declaración Jurada de Honorabilidad obligatoria bajo protesta de decir verdad, digitalizada con hash SHA-256.
7 b Art. 18 Fracc. I y IV Ley; Anexos 3 a 8 Bis: Integración del expediente previa o coetánea a la firma con cotejo físico de originales.
8 b Art. 12 RCG y Cap. I Manual: Obligatoriedad de 2 referencias bancarias y 2 personales con métodos de contacto válidos y sin tachaduras.
9 c Arts. 23 Quinquies a 23 Quinquies 3 RCG: Prelación escalonada: 1° Propiedad ≥ 25%; 2° Control por otros medios; 3° Administrador Superior subsidiario.
10 b Art. 23 Quinquies 3 RCG: Ante ausencia de persona física con ≥ 25% o control fáctico, se identifica al Administrador Único o Director General.
11 b Art. 23 Ter 5 RCG y Cap. IV Manual: Constancia Motivada de Aprobación de PEP emitida formalmente por el Notario Titular.
12 c Art. 23 Quinquies 2 RCG y Anexo 8 Bis: Identificación obligatoria de fideicomitentes, fiduciarias, fideicomisarios y comités técnicos.
13 b Art. 32 Fracc. I LFPIORPI: Prohibición absoluta de efectivo en bienes inmuebles a partir de 8,025 UMA ($941,412.75 MXN).
14 b Art. 32 Fracc. I y Art. 53 Ley: El pago de $1,200,000 en efectivo rebasa 8,025 UMA; el sistema genera alerta crítica bloqueante.
15 b Art. 32 Fracc. VI LFPIORPI: Tope de efectivo en transmisión o constitución de partes sociales y acciones mercantiles: 3,210 UMA ($376,565.10 MXN).
16 b Cap. V Manual; Arts. 21 y 41 Fracc. II RCG: Todo pago liquidado por persona ajena al instrumento activa Tercero Pagador y Alerta de Desvío de Perfil.
17 b Art. 19 Ley y Art. 23 Reglamento: Acumulación de operaciones del mismo cliente en ventana continua de 6 meses para computar umbrales de aviso.
18 b Art. 23 Ley y 24 Bis RCG: Fecha límite de avisos ordinarios a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a la operación.
19 b Art. 25 Reglamento y Cap. VI Manual: El Informe en Ceros es obligatorio a más tardar el día 17 cuando no se formalizaron actos con umbral.
20 b Art. 18 Fracc. VI párr. 2 Ley y Art. 26 Bis 1 RCG: Aviso perentorio de 24 horas naturales ante desistimiento o rechazo de datos PLD.
21 b Anexo 9 RCG: Estructura técnica de esquema XML formal para el portal SPPLD del SAT con hash criptográfico SHA-256 inmutable.
22 c Art. 18 Fracc. IV Ley (Reforma DOF 16/07/2025): Plazo de conservación decenal de 10 años para expediente físico y digital en bóveda.
23 b Art. 38 RCG y Cap. IX Manual: Coincidencia en listas de personas bloqueadas obliga a suspender el trámite, no alertar al cliente y avisar en 24h a la UIF.
24 b Arts. 42 a 51 RCG y Cap. XII Manual: Auditoría anual calificada de los 14 rubros con dictamen sellado en SHA-256 y programa correctivo de 60 días.
25 b Cap. VII y XIII Manual: El sellado SHA-256 asegura matemáticamente que el archivo resguardado no sufra alteraciones post-facto.
26 b Anexos 3 y 5 RCG: Credencial no vigente en Lista Nominal INE no acredita identidad; procede requerir pasaporte o cédula vigente antes de firmar.
27 b Arts. 23 Quinquies y 23 Quinquies 1 RCG: Determinación de propiedad indirecta: 70% del 60% = 42% (supera el umbral de ≥ 25%).
28 b Art. 18 Fracc. VI párr. 2 Ley y Art. 26 Bis 1 RCG: Registro forzoso de Operación No Celebrada y Aviso de 24 Horas ante fuga con efectivo ilícito.
29 b Art. 39 Bis 1 RCG y Anexo B Manual: Calificación < 80 activa estatus `EN_REGULARIZACION`, retiro de firmas críticas y capacitación de 10 días.
30 b Arts. 18 Fracc. IV y 37 Bis RCG: Incorporación al apéndice de la Hoja de Dictamen Notarial PLD y constancias de cotejo documental y listas oficiales.